Busca proteger la restricción del desarrollo de orientación sexual, identidad o expresión de género.
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó en su edición vespertina, la nueva reforma de terapias de conversión en México.
El nuevo marco legal, incluye multas, penas de prisión hasta inhabilitación profesional.
La legislación señala que se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Se aumentará al doble la sanción prevista en el párrafo que anterior, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.










