Pensión por viudez no termina cuando pareja se casa de nuevo: SCJN.

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Suprema Corte de Justicia de la Nación en México (SCJN)

La decisión se concretó hoy por unanimidad en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa, presentó el proyecto que advierte que la redacción del artículo invalidado prácticamente establecía una prohibición para que la viuda o viudo pudieran tener una nueva relación.

La pensión por viudez es un derecho ganado por el trabajador fallecido, cuyos efectos no deben cesar, aun cuando su pareja superviviente contraiga nuevas nupcias, así lo señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al otorgar un amparo en contra del artículo 133 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

La ley ordenaba cortar esta prestación al casarse de nuevo o empezar una relación de concubinato.

El amparo fue promovido por Enrique Caamal Canché, que dejó de recibir la prestación por parte del ISSSTE, cuando 3 años después de haber enviudado volvió a contraer nupcias.

«No debe excluirse el pago de la pensión por viudez, pues no se trata de una concesión gratuita o generosa, sino de un derecho que se gestó con las aportaciones del trabajador durante su vida productiva para garantizar la subsistencia de sus beneficiarios después de su muerte».