La sobreventa de vuelos es un abuso por parte de las aerolíneas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las aerolíneas comerciales deben indemnizar a los pasajeros afectados por sobreventa.
Las aerolíneas comerciales tendrán la obligación de indemnizar con al menos el 25% del costo del boleto a los pasajeros que se les niegue el abordaje a causa de la sobreventa de vuelos, independiente de brindarles alojamiento y transporte.
El Máximo Tribunal del país declaró que las aerolíneas deberán tomar en cuenta algunas opciones como:
El reintegro completo del pasaje, el transporte en el primer vuelo disponible, cobertura de alimentos y hospedaje a cargo de la aerolínea, o bien la reprogramación de su vuelo en la fecha que convenga al pasajero.
La SCJN, analizó las disposiciones de la Ley de Aviación Civil que regulan la responsabilidad de las aerolíneas comerciales en relación con la pérdida de un vuelo de conexión ocasionado por la sobreventa del vuelo que permitiría abordar el pasaje en una aerolínea distinta.









