Aprobó Congreso de B.C. los 40 minutos gratis en estacionamientos de plazas comerciales.

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El inicialista fue el diputado Eligio Valencia López.

El diputado Eligio Valencia López mencionó que 40 minutos de estacionamiento gratuito, no solo beneficia a los consumidores, sino que es un acto de justicia para los clientes que con su esfuerzo sostienen la economía de los centros comerciales.

Esto fue señalado por el congresista de Morena, momentos antes de ser votada su iniciativa de reforma al Artículo 22 de la Ley de Edificaciones de Baja California, en donde se contempla el citado beneficio.

La reforma fue aprobada por 24 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones en la sesión nocturna de clausura del Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la presente Legislatura.

«Es nuestra obligación como legisladores emanados del movimiento de Transformación, alinear los deseos del pueblo a nuestra Agenda Legislativa. Llegó el momento de que Baja California se beneficie e impacte favorablemente en el bolsillo de los que menos tienen», enfatizó el Congresista de Morena.

Y con esa responsabilidad y sin titubeos -dijo- es que pongo a su consideración la presente reforma, a pesar de que las presiones de los dueños del dinero por tratar de sofocar y descalificar esta iniciativa.

«Y sé, que esas presiones también les llegaron a ustedes (diputaciones)», sin embargo, el Diputado Eligio Valencia dejó en claro que está del lado del pueblo, pero no en contra del desarrollo económico ni del sector privado, pero cree en un modelo de negocios que respete a sus clientes sin imponer cargas injustas.

Luego hizo hincapié en que en otros lugares de México y del mundo, los estacionamientos en plazas comerciales son gratuitos, y las empresas siguen ganando, porque lo que hace que un centro comercial prospere no es el cobro del estacionamiento, sino que la gente quiera ir, comprar y disfrutar.

Cabe mencionar que, según lo establecido en los transitorios primero y segundo de la presente iniciativa, esta reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado; y los Ayuntamientos tendrán un plazo de 60 días naturales a partir de su entrada en vigor, para realizar las adecuaciones que resulten necesarias en la reglamentación municipal correspondiente para su aplicación.