Diputados aprueban castigar con 6 años de prisión «Terapias de Conversión».

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Bandera del orgullo LGBT

También contempla que se castigará con suspensión del ejercicio profesional hasta por 3 años o incluso cancelación definitiva de cédula profesional a médicos.

Luego de que la iniciativa estuviera dos años ‘congelada’ en el Congreso de la Unión, finalmente, la Cámara de Diputados aprobó reformar el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, para castigar con prisión de 2 a 6 años la aplicación de las llamadas terapias de conversión, es decir, aquellas que pretenden corregir la orientación sexual de las personas.

La minuta también contempla que se castigará con suspensión del ejercicio profesional hasta por 3 años o incluso cancelación definitiva de cédula profesional a médicos, técnicos o auxiliares que las practiquen.

Se estipula una multa de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y se aumentará al doble la sanción a quien realice, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento que anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

La comunidad LGBT+ ha denunciado que este tipo de sesiones representan actos de violencia, discriminación y tortura, bajo la falsa premisa de que las personas de la diversidad sexual están “enfermas”. Desde 1990, la homosexualidad no figura en el catálogo de enfermedades mentales de la Organización Mundial de la Salud.

La minuta modificada regresará al Senado de la República para su discusión.