Experto advierte sobre plazos y requisitos para declaración anual ante el SAT.

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Pablo César Castañeda de Caza Consultores detalló aspectos críticos para evitar rechazos en devoluciones.

El experto fiscal Pablo César Castañeda, socio de Caza Consultores y consejero de Coparmex, hizo un llamado a los contribuyentes para atender los requisitos y plazos de la declaración anual de personas físicas, cuyo vencimiento será este martes 30 de abril sin posibilidad de prórroga según información oficial disponible hasta el momento.

Frente a los rumores sobre posibles retrasos en las devoluciones, Castañeda aclaró que, si bien el SAT ha mostrado una tendencia positiva con un incremento del 15% en devoluciones del 2023 al 2024, los contribuyentes deben considerar que el proceso está sujeto a revisiones estrictas.

El organismo fiscal cuenta con un plazo de 40 días naturales para responder a las solicitudes de devolución, periodo durante el cual puede emitir requerimientos de información complementaria.

Trámite ante el SAT

Hizo énfasis en los límites aplicables a las deducciones personales, señalando que la mayoría tienen un tope máximo del 15% del ingreso anual o 5 UMAS, lo que frecuentemente genera confusión entre los contribuyentes.

Entre los aspectos más críticos que deben verificarse destacan la correcta emisión de los CFDI, la exclusión de conceptos no deducibles como copagos en facturas médicas, y el uso exclusivo de medios electrónicos para los pagos que se pretendan deducir.

Un punto particularmente relevante es la reciente jurisprudencia que establece que el SAT no tiene la obligación de verificar la titularidad de la cuenta CLABE proporcionada para las devoluciones cuando se utiliza firma electrónica avanzada. Esto convierte en responsabilidad exclusiva del contribuyente asegurar la exactitud de los datos bancarios registrados.

Para casos donde se detecten errores posteriores al envío de la declaración, Castañeda recordó que existe la opción de presentar una declaración complementaria hasta el 31 de julio. Sin embargo, advirtió que, si el SAT ya ha emitido una determinación parcial, el monto no devuelto se considerará definitivamente denegado.